Políticas

POLÍTICAS DE VITROPLANTAS DEL CARIBE

 

POLÍTICAS DE EMPAQUE Y TRASLADO

 

EL COMPRADOR declara conocer las técnicas apropiadas de siembra y manejo para la variedad y tipo que ha adquirido, VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. No asumirá ninguna responsabilidad daños y pérdidas ocasionadas por mal transporte, mal almacenamiento, inadecuada técnica de siembra, inadecuada preparación del terreno, inadecuada hidratación del terreno, inadecuada calidad del agua de riego, inadecuada fertilización, eficiente control de malezas, deficiente control de nematodos y plagas, entre otros. El manejo y cuidado de las plantas suministradas, esto es completa responsabilidad de EL COMPRADOR.

VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. vende las plantas en sus instalaciones o en otras autorizadas por la misma, correrá a cargo de EL COMPRADOR toda la responsabilidad, coste y riesgo del transporte hasta su destino. EL COMPRADOR deberá asumir los perjuicios causados en las mercancías por no ser retiradas de las dependencias de VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. en el momento acordado. No obstante, VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. hará todo lo posible para que la mercancía se conserve en el estado adecuado.

EL COMPRADOR está en la obligación de garantizar un transporte acondicionado y seguro para el traslado de las plantas en cajas de cartón o canastos plásticos, evitando a toda costa el maltrato de dichas cajas por malas técnicas de amarre o aseguramiento de las mismas, VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. no asumirá ninguna responsabilidad por los casos en los que las plantas sean transportadas de forma inadecuada provocando maltrato y estrés innecesario a las mismas.

Desde el mismo momento del despacho, EL COMPRADOR está en la obligación de garantizar un almacenaje adecuado y seguro de las plantas hasta el momento de su siembra, evitando a toda costa el maltrato de dichas plantas por malas técnicas de almacenamiento de las mismas, se debe tener en cuenta en los casos en que las plantas se estimen sembrar en un periodo mayor de 24 horas luego de su despacho, las cajas deben ser posicionadas de forma tal, que las raíces de las plantas queden hacia abajo y minimizar de esta forma la deformación de la planta. VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. no asumirá ninguna responsabilidad por los casos en los que las plantas sean almacenadas de forma inadecuada provocando maltrato, deformación o estrés innecesario a las mismas.

EL COMPRADOR tiene un máximo de 48 horas luego de retiradas las plantas de las instalaciones de VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. para proceder a la siembra de las plántulas suministradas, luego de ese tiempo, VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. No asumirá ninguna responsabilidad por los casos en los que las plantas sean sembradas a destiempo, provocando maltrato y estrés innecesario a las mismas.

EL COMPRADOR debe retirar las plantas el mismo día que se acodó el despacho, luego de empacadas las plantas las mismas quedaran a la espera de su retiro, EL COMPRADOR declara conocer que las plantas deben ser sembradas en un máximo de 48 horas luego de que las mismas han sido empacadas y asume toda la responsabilidad en los casos en que la demora en el retiro y siembra de las plantas pueda comprometer su capacidad de establecimiento, desarrollo y adaptabilidad.

EL COMPRADOR tendrá un plazo de hasta 20 días continuos a partir de la fecha de recepción de las plantas para comunicar por escrito a VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. cualquier anomalía en el desarrollo de las plantas que pudiese asociar a la presencia de alguna condición preexistente en la planta antes de llegar al sitio final de siembra. VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. designará un técnico para evaluar la situación y en caso de ser validada la preexistencia de una condición atípica, se procederá a realizar las sustituciones correspondientes.

 

POLÍTICAS DE GARANTÍAS

 

VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. proporcionará al comprador plantas sanas procedentes de una selección de alta calidad de la identidad varietal y rango de tamaño acordado. Las técnicas de cultivo, consejos y sugerencias que se propongan serán únicamente a título orientativo y en ningún caso serán vinculantes ni generarán responsabilidad para el vendedor cuando este acredite al comprador que dichas recomendaciones fueron efectuadas siguiendo criterios científico-técnicos verificados diligentemente.

VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. ha producido sus plantas mediante la aplicación de técnicas de investigación y cultivo in vitro innovadoras realizadas diligentemente, por lo que ignoran los vicios o defectos ocultos que puedan padecer dichas plantas. Sabiendo las partes contratantes la imposibilidad técnica de conocer en el momento de la compraventa los vicios o defectos ocultos que pudieran llegar a existir en las plantas, acuerdan expresamente eximir a VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. de la obligación de indemnización o saneamiento por dichos vicios o defectos ocultos en el caso de que estos llegasen a manifestarse, exención de responsabilidad que se extiende igualmente a los gastos de transporte, explotación y/o cultivo, al lucro cesante o a cualquier otro daño o perjuicio que hubiera tenido que soportar el comprador.

No obstante lo anterior, VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. garantiza la sustitución de las plantas afectadas en caso de manifestarse defectos ocultos en el momento de la compraventa que la hagan impropia para el uso al que ha de ser destinada. Sin embargo, para hacer válida la sustitución se debe determinar técnicamente que estos defectos manifiestos no han sido consecuencia de un manejo inapropiado de plantas o de factores ajenos al potencial genético real de la planta. Ambas partes acuerdan que la sustitución a satisfacer por VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. en caso de acreditarse responsabilidad de esta última, será exclusivamente a la cantidad de plantas determinadas por inspección técnica de ambas partes.


POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOBRE CAPACIDAD TÉCNICA DEL COMPRADOR

 

EL COMPRADOR declara conocer y dominar los aspectos relacionados con el adecuado manejo de las plantas recibidas, por lo que VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. Queda eximida de toda responsabilidad cuando factores externos imputables al comprador afecten el adecuado desarrollo de las plantas, tales como: Transporte y manejo inadecuado, almacenaje inadecuado previo a la siembra, preparación inadecuada de los suelos, inapropiada técnica de siembra, mal drenaje, Fallas en el sistema de riego, mal diseño de siembra, inadecuada nutrición, fallas de control de malezas, falla en control de plagas, entre otros.


POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD PARA RECEPCIÓN CONFORME DE PLANTAS

 

Es obligación del comprador reconocer la cantidad y calidad de la mercancía en el momento de la entrega, VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. se responsabilizará de los defectos morfológicos y/o manifiestos de las plantas cuando estos no estuviesen a la vista en la mercancía en el momento de la recepción de la misma siempre que se comuniquen a VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. por el comprador en el plazo no mayor a 72 horas desde la recepción de la mercancía y que esta anomalía sea constatada, validada y cuantificada en sitio por un representante de VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL.


POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD EN CASO DE ENFERMEDADES EN LAS PLANTAS

 

Cualquier anomalía durante el desarrollo o crecimiento de la planta deberá comunicarse a VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la mercancía. Dicha comunicación deberá realizarse a VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. Mediante carta certificada con acuse de recibo o cualquier otro medio de comunicación fehaciente. VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. designará un técnico para evaluar la situación y en caso de ser validada la preexistencia de enfermedad, se procederá a realizar las sustituciones correspondientes.


POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD EN CASO DE PLANTAS FUERA DE TIPO

 

VITROPLANTAS DEL CARIBE, SRL. Aplica rigurosos protocolos de para revenir la posibilidad de variabilidad genética no deseada en sus plantas, por lo cual se ha llevado a su mínima expresión esta posibilidad, presente en todos los vivos, por lo cual brindamos la garantía de reposición de cualquier planta que se haya validado su condición de fuera de tipo.

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